En este post vamos hablar de las tasaciones y las valoraciones inmobiliarias, siendo uno de los trabajos que de forma más recurrente te van a encargar como técnico.
Los movimientos sociales vividos últimamente como la pandemia y ahora la situación inflaccionista, provoca el movimiento al alza de compra – venta de inmuebles. Unos buscando valores refugio y otros para obtener tesoreria.
Esto provoca el aumento de encargos en el campo de las tasaciones y valoraciones.
Pero empecemos recordando lo básico.
¿Qué diferencia una tasación de una valoración?
La diferencia entre ambas es que la valoración carece de valor legal al no ajustarse a un procedimiento valorativo bajo una norma, al amparo de la que si se encuentra la tasación.
Digamos que en ambas se pone valor a un bien, pero lo diferencia la finalidad del documento: El valor de tasación va a servir para actos de compraventa, desahucios, expropiaciones, es decir procesos oficiales.
La valoración simplemente tiene un valor informativo, como por ejemplo para cuando quiero poner a la venta una vivienda.
Hablemos de las tasaciones.
Las tasaciones inmobiliarias son documentos muy solicitados por ejemplo por bancos a la hora de conceder créditos.
También Hacienda, la administración de justicia o la administración local pueden solicitar una tasación para sus intervenciones.
De todas ellas las tasaciones hipotecarias son las más recurrentes ya que son necesarias para saber el valor de cualquier tipo de inmueble o terreno para el banco al que se solicita el crédito.
Para ser legales para el Banco de España han de estar realizadas por una sociedad de Tasación avalada por este mismo ente según regula la Ley 2/1981 del 25 de marzo.
Sin embargo, cabría hacer un inciso.
La reciente Ley 5/2019 de 15 de marzo reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, en su artículo 13 introduce en su contenido que las tasaciones hipotecarias las pueda realizar también un “profesional homologado” conforme al Real decreto 775/1197.
Sin embargo esta homologación no se ha legislado todavía y son los técnicos homologados vía Sociedad de tasación los que ha día de hoy deben de seguir realizando estas tasaciones a falta de esta regulación.
Entendemos, porque existen bastantes intereses en juego.
Es la Orden ECO 805 2003 (modificada ya varias veces, la última en el 2016) donde se establecen con claridad las normas a las que atenerse a la hora de realizar el cálculo del valor de Tasación de Bienes Inmuebles, fijando también los criterios para la elaboración de los informes y certificados necesarios para formalizar estas operaciones con inmuebles.
En resumen, fija ya el centro en la calidad de la tasación donde marca los métodos de valoración inmobiliaria a utilizar, siendo el método de comparación el más utilizado a día de hoy.
El factor tiempo: ¿Qué validez temporal tiene una tasación?
De esto se habla muy claro en el artículo 62 de la ORDEN ECO 805 2003 citando textualmente su contenido ya que influye por ejemplo que sea un inmueble o un terreno el objeto de la tasación.
- La fecha de emisión de un informe o certificado de tasación no podrá ser posterior en más de dos meses a la fecha en que se haya efectuado la última inspección ocular del bien valorado.
- No obstante, en el caso de los terrenos, o en otros excepcionales y expresamente justificados en el informe, tales como la valoración de patrimonios, dicho período podrá alargarse hasta los seis meses.
- A efectos de esta Orden la fecha de emisión será considerada como la fecha de la tasación.
- Los informes y certificados caducarán, necesariamente, a los seis meses contados desde la fecha en que haya sido emitido el informe.
Es un buen criterio adoptar la ORDEN ECO 805 2003 donde nos tenemos que guiar para realizar cualquier tasación eco sea o no con finalidad legal, ya que así vamos a dotar de veracidad a la documentación que estamos entregando.
Hablemos de las valoraciones inmobiliarias.
La valoración es un documento que establece el valor orientativo de un inmueble mediante la aplicación de diversos métodos de valoración.
Si es necesario a título personal para tu cliente, como referencia o para establecer un precio de compra, interesa hacer una valoración.
La complejidad viene de que nos pueden encargar una valoración de cualquier cosa: viviendas, pisos, promociones inacabadas, reformas, edificios completos, terrenos…
¿Qué tipos de plantillas puedes encontrar en Ficherotecnia?
Sabes que en Ficherotecnia cuentas con más de una veintena de plantillas editables de valoraciones reales en .DOCX para todo tipo de inmuebles en diferentes estados.
Enumeramos aquí algunas de ellas:
- Valoración de un edificio inacabado, para posibles inversiones.
- Valoración de una promoción inacabada.
- Valoración de un piso.
- Valoración de un local en entorno urbano.
- Valoración de una vivienda unifamiliar en parcela rústica.
- Valoración de una casa de pueblo.
- Valoración de solar en entorno urbano.
- Valoración de finca rústica.
¿Qué tipos de actuaciones pueden necesitar una valoración?
- Valoraciones del derecho de propiedad para proyectos de compensación y reparación.
- Valoraciones de aprovechamiento urbanístico de terrenos para cesión, permutas etc..
- Valoraciones para el juzgado donde pueden estar las valoraciones de cada una de las partes implicadas y la que encarga a un perito tercero el juzgado.
- Valoración de inmuebles para expropiación forzosa, pueden ser encargados por la administración general, autonómica o local. También aquí cabría el caso de la expropiación de un local o vivienda para colocar un ascensor, siendo el agente expropiador la comunidad de propietarios.
- Valoraciones para notarías para repartos de bienes en herencias por ejemplo, legados o reparto de bienes.
Esperamos haber aclarado algún concepto sobre esta temática, te invitamos a descargar ejemplos de tasación de vivienda en word por si los necesitas en el desempeño de tu trabajo.
También te dejamos algún enlace relacionado de otros post del blog que te pueden interesar sobre la reciente introducción del valor de referencia.